lunes, 4 de junio de 2012

Documentación y papeleo



Sí, hasta para tener un perro hay que pasar por trámites administrativos… Hay una normativa a nivel nacional que cada comunidad autónoma puede completar.
A nivel nacional, para todos los perros, es obligatorio que

  1. ·       estén identificados mediante microchip registrado a nombre de su dueño, (indispensable para localizarlo cuando se pierde), tu veterinario se lo pondrá, normalmente, al terminar el plan de vacunación a partir de los 2 meses y antes de los 6;


  • ·       estén censados en el ayuntamiento donde viven, (vas con el nº de microchip, sus datos y tus datos al ayto. y en un momentito está hecho), y


  • ·       estén cubiertos con un seguro de Responsabilidad Civil por si ocasionaran cualquier altercado o problemilla que cubra los gastos. No son muy costosos y sí muy recomendables (además de obligatorios); algunos seguros de casa pueden incluir a los animales otros no, y tienes que hacerlo separado.

Cada Comunidad Autónoma puede añadir otros requisitos: la vacunación antirrábica, que ha sido tan importante para la erradicación de la rabia en España aún sigue siendo obligatoria en muchas comunidades.

  • ·       Cantabria: obligatoria la vacunación anual.
  • ·       Castilla y León: obligatorio vacunarlos cada dos años.
  • ·       Madrid: también es anual.
  • ·       País Vasco: no es obligatoria.

Incluso los Ayuntamientos pueden decidir otras obligaciones en el caso de Burgos la tenencia de una chapa con su identificación.

Los perros potencialmente peligrosos tienen otros requisitos que tataré en otra entrada.


Esto respecto a lo que es obligatorio a nivel administrativo, pero tener una mascota implica mayor responsabilidad que cumplir con la burocracia y debemos ser conscientes de que hay otras necesidades básicas que aunque no nos las impongan las leyes debemos cumplirlas:

  • Alimentación equilibrada
  • Actividad física adecuada
  • Socialización 
  • Completar el plan de vacunación frente a enfermedades infecciosas que se transmiten entre ellos minimizando las epidemias y mejorando la salud de nuestros peludos. 
  • Respetar el plan de desparasitación interna y externa.
Uy! Ayer se me olvidó pero también es obligación del dueño informar de la  pérdida o muerte de su mascota. Debe acudir a su veterinario con el número de microchip para darlo de baja. También si cambia de propietario.



1 comentario:

  1. Una pregunta, si mi perro esta censado en una ciudad y me traslado a otra localidad por un tiempo indeterminado ¿debo censar al perro otra vez?

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